info@xtremeseeds.net

Estado legal del cannabis en España -

Estado legal del cannabis en España

La legalidad de la marihuana es un tema bastante complicado en España ya que va muy por detrás de muchos otros países que no han tenido que esperar a que las naciones unidas cambie su fiscalización. Y es que la Comisión de Estupefacientes después de casi 60 años, continúa considerando a la marihuana tan peligrosa como la cocaína y la heroína.

España no ha hecho todavía ninguna rebaja en su fiscalización.

Nos encontramos en un limbo legal en el que a pesar de que el consumo de cannabis en España únicamente es legal en tu propia casa, está ‘permitido’ por las autoridades en algunos casos.

Basándonos en las leyes que nos hablan sobre la legalidad de la posesión, la plantación, el consumo y la compra del cannabis podemos sacar en claro algunos puntos:

  • Su consumo puede ser legal si lo hacemos en clubs cannábicos o espacios privados como en nuestra propia casa. Pueden sancionarnos con una multa de 600 euros si consumimos en la vía pública.
  • Una gran contradicción es que técnicamente no es legal plantar marihuana en España, aunque podemos consumir cuanto queramos en casa, pero podemos aferrarnos a algunos casos donde si estaría permitido.

Los españoles tenemos derecho, según la constitución, a la intimidad y al derecho de formar parte de cualquier asociación sin fines lucrativos que siga unas normas establecidas. Esto nos permitiría la plantación en espacios privados como en nuestra propia casa siempre que no se viese la misma desde la vía pública y que fuese para consumo propio de una persona o varias que se hubieran asociado previamente según lo antes mencionado.

Como autoconsumidores el problema está en que no se ha establecido un peso o número de plantas específico con el que definir ese cultivo como personal o con fines lucrativos (delito salud pública). Por lo tanto si por algún casual nos confiscaran nuestras plantas, no habría una medida con la cual definir que la plantación es para consumo propio. Únicamente una jurisprudencia previa creada por miles de condenas absolutorias crean una débil base a la hora de poder ejercer nuestro derecho de defensa.

  • Poseer marihuana es legal si la sustancia está en espacios privados, o sea de nuevo, en nuestra casa o en clubes cannábicos privados. Sin embargo en la calle, la posesión puede conllevar una multa de entre 600 y 10.400 euros.
  • La compra de la marihuana fuera de un una asociación cannábica, es ilegal.

Después de todos estos puntos podemos ver una ‘discriminalización’ de algunos actos, ya que se han vuelto a clasificar, pasando de criminal a no criminal. En este caso como hemos dicho anteriormente, las sanciones incluyen multas de pago inmediato o confiscación en vez de sanciones más duras.

¿Cómo funcionan las asociaciones?

La primera asociación se inauguró en España en 2005.

Las asociaciones cannábicas son unos clubes sin ánimo de lucro que se autoabastecen y distribuyen cannabis entre sus propios socios. Tienen unas normas de carácter bastante estricto.

Deben reducir el riesgo asociado al mercado negro y debe ser una mejora en la sociedad:

  • Todos los miembros han de ser mayores de edad.
  • No se puede hacer publicidad de estas asociaciones.
  • No está permitido sacar la hierba del local. Debe consumirse en la propia asociación.
  • Debes ser conocido de algún socio primeramente para poder acceder al club.
  • Se debe pagar una cuota de suscripción.

Las asociaciones no disponen de una actividad regulada por ninguna norma estatal, pero si que existen normativas autonómicas, las cuales tienen suspendida su vigencia por la reciente Sentencia del Tribunal Constitucional por la cual se declaró la nulidad de La Ley Foral de 24/2014, reguladora de los colectivos de usuarios de cannabis de Navarra, al considerar que dicha ley invadía competencias exclusivas del Estado como legislación penal. De esta forma, el Tribunal Constitucional ha cerrado la puerta a una posible regulación de los Clubes Sociales de Cannabis a nivel autonómico.

Actualmente en muchos clubs existe una mala gestión donde no se cumplen con los verdaderos fines en las actividades que reflejan los estatutos del club:

  • Promoción y comercialización del consumo y otras sustancias estupefacientes.
  • Captación de clientes menores de edad.
  • Conflictos vecinales por no cumplir con una ventilación óptima.
  • Publicidad directa.
  • Demasiada afluencia de personas, que normalmente se da por la captación de clientes que son dados de alta como socios en el momento para un periodo muy corto de tiempo.

Las asociaciones en España son sin ánimo de lucro y sin embargo en estos clubs se mueve mucho dinero. No hay ninguna regulación respecto al pago de impuestos ni a cerca de que los trabajadores tengan un contrato de trabajo mínimo lo que hace que muchos trabajadores cobren en negro.

No nos olvidemos de que en muchas asociaciones, se compra la hierba y el hachís que más tarde ellos venden, en vez de cultivarla ellos mismos. Aparte de ser ilegal lo único que están consiguiendo de esta forma es beneficiar al mercado negro y que las calidades de sus productos sean muy bajas y además muy caras.

Al final esto se convierte en un círculo vicioso en el cual la gente va saltando de un club a otro, buscando mejores calidades, y seguramente incumpliendo el circuito cerrado, en el que se dicta que debe haber una afluencia de personas muy específica.  

¿Cómo deberían funcionar los clubs de cannabis según las leyes?

Pues en cada comunidad autónoma podemos encontrar ligeras diferencias pero básicamente sería la siguiente:

  • Los socios pagan una cuota por formar parte del club, que en realidad es una asociación sin ánimos de lucro.
  • Debe de existir un cultivo colectivo en dónde el club cultiva la hierba de sus socios en unas cantidades previamente establecidas. No es posible cultivar tanta marihuana como se pueda sino la cantidad que sea necesaria para abastecer únicamente a dichos socios.
  • Las autoridades deberán estar al corriente de en dónde se encuentra ese cultivo.
  • Serán los socios los que financiarán ese cultivo colectivo así como los gasto que deriven de él.
  • La marihuana obtenida se dispensará entre los socios según la parte correspondiente que a cada uno le toque según la parte que haya financiado previamente. Es decir, habrá socios que dispondrán de 100 grs (por poner un ejemplo) y otros 150 grs, pues cada uno consume en mayor o menor medida.
  • Ya que los propios socios mediante los fondos de la asociación o bien mediante pagos o cuotas, son los que financian el cultivo colectivo, los precios que pagan por «su» marihuana debería ser o bien nulo, es decir gratis, pues ya la pagaron, o bien bastante reducido, pues NO SE BUSCA EL BENEFICIO EN ESTE TIPO DE ASOCIACIONES/CLUBS. No se entiende que en la gran mayoría de asociaciones (no hay que generalizar pero casi), se venda un gramo de marihuana a 6, 7, 8 o 10 euros, incluso más, pues son precios de mercado negro.
  • Con el dinero obtenido de la venta de la marihuana se paga el local, alquileres, sueldos y todo lo relacionado con la asociación y el montante sobrante total (lo que en las empresas llamaríamos BENEFICIOS), sería intocable y solo podría usarse para más gastos relacionados con el club, nunca para el enrriquecimiento personal de nadie.
  • Por tanto, el club, si todo fuera según la ley de asociaciones, sería un bien de los asociados y no de una persona en particular. Si bien existe la figura del presidente, tesoresos o vocales… etc, éstos únicamente están ahí para la gestión del club, no significa que fueran los propietarios del mismo, pues esto no es posible.

De las miles de asociaciones que existen en España, ¿cuántas conocemos que funcionen así?.. realmente muy pocas.

Otros artículos relacionados:

Por N. Duvent, Xtreme Seeds C Co.

Deja una respuesta